La nueva Constitución de Chile incluye el derecho a una muerte digna

El derecho a la muerte digna para todas las personas fue aprobado de forma reciente por la Convención Constitucional de Chile, pero determinó devolver a la comisión de origen un inciso que fue interpretado por algunos representantes como una posible forma para facilitar la legalización de la eutanasia, que no está permitida. 
En concreto, el fragmento del texto revisado será: "La Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres y autónomas sobre su vida". La iniciativa había sido tratada por la comisión de Sistemas de Conocimiento, que suele abocarse a propuestas de cultura, ciencias y tecnología. El traspaso desde la comisión de Derechos Fundamentales se definió para optimizar los tiempos. Durante las tres horas de debate, la muerte digna se convirtió en el asunto más deliberado. 
El concepto hace alusión a la no prolongación de la vida de forma innecesaria, en situaciones de agonía. Es decir, dejar morir al paciente para evitar el sufrimiento, con una atención basada en hacer más leve el malestar, y no en combatir la enfermedad con tratamientos agresivos. En concreto, se establece el derecho a recibir cuidados paliativos "a todas las personas portadoras de enfermedades crónicas, avanzadas, progresivas y limitantes de la vida". En cambio, la eutanasia es un fallecimiento provocado por médicos de forma intencional hacia una persona que ya no desea seguir viviendo, por un padecimiento en su salud. 
"La dignidad en esta etapa de la vida de las personas también es algo de lo que esta Convención tiene que hacerse cargo, para que quede establecido en la nueva Constitución", sostuvo Carolina Videla, del frente Chile Digno. "La gente merece morir dignamente, sabiendo que ya cumplió una etapa de su vida, y no ver cómo la persona se marchita, es muy triste", agregó Carolina Sepúlveda, parte de los No Neutrales. 
"Muerte digna es el nombre que se le da a la propuesta de eutanasia", respondió Ruth Hurtado, miembro de Vamos por Chile. Para ella, el texto provisional de la Convención "se está convirtiendo en una verdadera Constitución de la soberbia". 
Otro artículo que generó discrepancias fue el "derecho a la desobediencia civil contra una autoridad que estuviere incumpliendo con lo establecido en esta Constitución", que obtuvo 70 votos en contra, 60 a favor y 17 abstenciones. 
Así, el artículo 28 también deberá regresar a la comisión de origen, informó La Tercera. Entre sus apartados, se planteaba la desobediencia cuando una autoridad "estuviere vulnerando los derechos humanos reconocidos en esta Constitución o en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, sin cumplir con lo establecido en la ley, o hubiere usurpado las funciones públicas". 
El artículo 5, quedó aprobado. Allí se pronuncia que "existirán medios de comunicación públicos en distintos soportes tecnológicos, que respondan a las necesidades informativas, educativas, culturales y de entretenimiento de los diversos grupos de la población". 
Igualmente, se rechazaron dos incisos, donde se planteaba que "los medios de comunicación públicos serán independientes, pluralistas, interculturales y descentralizados", y que "dichos medios se constituirán como empresas autónomas del Estado, con presupuesto permanente, personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio", debiendo regresar a la comisión. 
La Convención también regresó a comisión todo el artículo 4, que proponía la creación de un Consejo Nacional de Comunicaciones "de carácter autónomo y técnico, encargado de proteger y promover el derecho a la conectividad y la comunicación social en sus diversos soportes tecnológicos". También proponía velar "por la transparencia y libre competencia de un mercado pluralista de las telecomunicaciones y el sector audiovisual, junto con la distribución y uso equitativo del espectro radioeléctrico". Esto, "garantizando su independencia respecto de los agentes regulados".
La misma devolución recibió el artículo 6, que plasmaba la creación del Sistema Nacional de Medios Públicos y Comunitarios. El modelo se pensó "para asesorar y coordinar los diversos medios de comunicación", con el fin de "promover y fortalecer los medios regionales, locales, comunitarios e indígenas". El texto agregaba: "Este sistema será organizado de forma descentralizada y garantizará su libre acceso a todas las personas y comunidades".
Por último, este jueves la Convención aprobó el artículo 15, sobre patrimonio lingüístico. En síntesis, el Estado deberá "reconocer que las diferentes lenguas indígenas existentes en Chile son patrimonio nacional". Así, tendrá que "encargarse de la revitalización y protección de esas lenguas, sobre todo de aquellas que puedan desaparecer".
Aquel país sudamericano está desarrollando su Convención Constitucional para crear una nueva Carta Magna, que reemplace a la instaurada por el dictador Augusto Pinochet. Se trata, como ocurre en gran parte de los sistemas políticos, del texto fundamental que da origen a las leyes. El desarrollo de una nueva Constitución fue uno de los reclamos principales durante el estallido social iniciado en el 2019, y Gabriel Boric llegó a la Presidencia con la promesa de favorecer ese proceso.